La
Gerencia General de Tributos dio inicio a los procesos fiscales
correspondientes al periodo enero – marzo 2017
Ya se encuentra disponible en el portal web www.inces.gob.ve la
opción de solicitud de solvencia electrónica, con la finalidad de que las
entidades de trabajo puedan hacer su contribución parafiscal correspondiente al
2% del salario normal de sus trabajadores.
De acuerdo con el artículo 52 de la Ley del Inces, la
solvencia que emite este ente formativo es el documento administrativo que
demuestra que tanto el sector público como el privado cumplen con sus deberes y
obligaciones en materia de formación y autoformación colectiva, siendo este
documento un requisito indispensable para suscribir cualquier contrato o
convenio con el Estado.
Solvencia por primera vez
Para simplificar la tramitación de este documento por
primera vez, en el caso de las entidades de trabajo con menos de 4 trabajadores
o con 5 y hasta 14, las entidades de trabajo deberán:
·
Comparecer en el Inces a través de su representante legal o convencional
(cualidad que deberá ser demostrada al momento de realizar el trámite con el
acta constitutiva, acta de asamblea o carta poder)
·
Exhibir la cédula de identidad del representante legal y de la persona que
realiza el trámite.
·
Presentar el RIF
·
Presentar la inscripción ante el Ministerio del Poder Popular para el
Proceso Social del Trabajo (MPPPST), es decir, la declaración trimestral (NIL)
·
Exhibcxión de la declaración trimestral del MPPPST
·
Presentar la factura del pago del IVSS
·
Consignar la planilla de solicitud de solvencia y de los pagos
correspondientes al 2% y 0.5% de los últimos 6 años
·
Presentar el certificado del PNA de las empresas obligadas con el programa
En el caso de las entidades de trabajo que cuenta en
su plantilla de empleados con 15 o más trabajadores, aplican todos los
documentos anteriores más el certificado del PNA para aquellas empresas
obligadas con el programa.
Solo se consignarán en el Inces la planilla de
solicitud de solvencia y los pagos a la administración tributaria.
En el caso de renovación de solvencia, la entidad de
trabajo deberá:
·
Comparecer en el Inces a través de su representante legal o convencional
(cualidad que deberá ser demostrada al momento de realizar el trámite con el
acta constitutiva, acta de asamblea o carta poder).
·
Exhibir la cédula de identidad del representante legal y de la persona que
realiza el trámite
·
Presentar el RIF
·
Presentar la factura del pago del IVSS
·
Exhibición de la declaración trimestral del MPPPST
·
Último certificado de la Solvencia Inces
·
Consignar la planilla de solicitud de solvencia y de los pagos correspondientes
al 2% y 0.5% de los últimos 6 años
·
Certificado del PNA de las empresas obligadas con el programa
Cabe destacar que aquellas empresas que cuenta con
menos de 4 trabajadores están exentas de prensentar la declaración trimestral
del MPPPST, así como el certificado del PNA, el cual también es excluyente para
las empresas con un número de trabajadores que oscilan entre los 5 y 14
empleados. Por su parte, las entidades de trabajo, cuya planilla nominal sea
mayor de 15 empleado,s están en la obligación de presentar todos los
requisitos.
Con la simplificación de trámites, la Gerencia General
de Tributos pone a disposición de los contribuyentes el número telefónico 0212
6031820 y el correo electrónico atencionalcontribuyenteinces@gmail.com
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