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El Inces abrió su primer trimestre fiscal


La Gerencia General de Tributos dio inicio a los procesos fiscales correspondientes al periodo enero – marzo 2017
Ya se encuentra disponible en el portal web www.inces.gob.ve la opción de solicitud de solvencia electrónica, con la finalidad de que las entidades de trabajo puedan hacer su contribución parafiscal correspondiente al 2% del salario normal de sus trabajadores. 
De acuerdo con el artículo 52 de la Ley del Inces, la solvencia que emite este ente formativo es el documento administrativo que demuestra que tanto el sector público como el privado cumplen con sus deberes y obligaciones en materia de formación y autoformación colectiva, siendo este documento un requisito indispensable para suscribir cualquier contrato o convenio con el Estado.
Solvencia por primera vez
Para simplificar la tramitación de este documento por primera vez, en el caso de las entidades de trabajo con menos de 4 trabajadores o con 5 y hasta 14, las entidades de trabajo deberán:
·         Comparecer en el Inces a través de su representante legal o convencional (cualidad que deberá ser demostrada al momento de realizar el trámite con el acta constitutiva, acta de asamblea o carta poder)
·         Exhibir la cédula de identidad del representante legal y de la persona que realiza el trámite.
·         Presentar el RIF
·         Presentar la inscripción ante el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo (MPPPST), es decir, la declaración trimestral (NIL)
·         Exhibcxión de la declaración trimestral del MPPPST
·         Presentar la factura del pago del IVSS
·         Consignar la planilla de solicitud de solvencia y de los pagos correspondientes al 2% y 0.5% de los últimos 6 años
·         Presentar el certificado del PNA de las empresas obligadas con el programa
En el caso de las entidades de trabajo que cuenta en su plantilla de empleados con 15 o más trabajadores, aplican todos los documentos anteriores más el certificado del PNA para aquellas empresas obligadas con el programa.
Solo se consignarán en el Inces la planilla de solicitud de solvencia y los pagos a la administración tributaria.
En el caso de renovación de solvencia, la entidad de trabajo deberá:
·         Comparecer en el Inces a través de su representante legal o convencional (cualidad que deberá ser demostrada al momento de realizar el trámite con el acta constitutiva, acta de asamblea o carta poder).
·         Exhibir la cédula de identidad del representante legal y de la persona que realiza el trámite
·         Presentar el RIF
·         Presentar la factura del pago del IVSS
·         Exhibición de la declaración trimestral del MPPPST
·         Último certificado de la Solvencia Inces
·         Consignar la planilla de solicitud de solvencia y de los pagos correspondientes al 2% y 0.5% de los últimos 6 años
·         Certificado del PNA de las empresas obligadas con el programa
Cabe destacar que aquellas empresas que cuenta con menos de 4 trabajadores están exentas de prensentar la declaración trimestral del MPPPST, así como el certificado del PNA, el cual también es excluyente para las empresas con un número de trabajadores que oscilan entre los 5 y 14 empleados. Por su parte, las entidades de trabajo, cuya planilla nominal sea mayor de 15 empleado,s están en la obligación de presentar todos los requisitos.
Con la simplificación de trámites, la Gerencia General de Tributos pone a disposición de los contribuyentes el número telefónico 0212 6031820 y el correo electrónico atencionalcontribuyenteinces@gmail.com

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